La responsabilidad penal requiere más que un mal pensamiento. El acto ilícito (actus reus) es el elemento físico del delito: el acto voluntario, la omisión o, a veces, el resultado que la ley prohíbe.
Puede tratarse de una acción afirmativa, como golpear a alguien, o de la omisión de actuar cuando existe un deber legal, como el deber de un padre de alimentar a su hijo. El acto debe ser voluntario; los reflejos o movimientos durante la inconsciencia generalmente no califican. Algunos delitos también requieren un resultado específico, como la muerte en un delito de homicidio.
Los fiscales deben probar el acto ilícito más allá de toda duda razonable, junto con el estado mental requerido. Sin un acto u omisión que califique como delito, no se ha cometido ningún delito, incluso si existieron intenciones dañinas. Los tribunales examinan cuidadosamente la ley para identificar con precisión qué conducta física tipificó como delito el legislador.
- Elemento físico o de conducta de un delito
- Incluye actos voluntarios y ciertas omisiones.
- Debe probarse junto con el estado mental.
- No incluye movimientos puramente involuntarios
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