Al momento del cierre, el vendedor firma un documento que transfiere la propiedad al comprador. Dicho documento es la escritura. Una vez inscrita en el registro público de la propiedad, constituye una notificación fehaciente del nuevo propietario.
Entre las formas más comunes se encuentran las escrituras de garantía general, que ofrecen las mayores garantías sobre la titularidad, y las escrituras de renuncia de derechos, que transfieren únicamente los derechos que el otorgante pueda tener. La escritura debe identificar a las partes, describir la propiedad y ser entregada y aceptada. La legalización ante notario y el registro completan el proceso en la mayoría de las jurisdicciones.
Una escritura defectuosa puede generar incertidumbre sobre la titularidad y complicar futuras ventas. El seguro de título y una revisión minuciosa por parte del agente de cierre reducen este riesgo. La escritura es la prueba fehaciente de la propiedad; la hipoteca es simplemente un gravamen sobre ella.
- Instrumento jurídico que transfiere la propiedad de un bien inmueble.
- Registrado en los registros públicos de tierras
- Varía en las garantías que ofrece.
- Debe ejecutarse y entregarse correctamente.
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